Si no hay cobertura, no hay penalización
Hola movilones,
Como os avancé en el post anterior, voy a contaros otro arbitraje favorable a los derechos de los usuarios de telefonía móvil que ha publicado la revista Consumadrid en su número de diciembre.
En este caso una consumidora se dio de alta en una operadora (no dicen cuál) que le subvencionó un teléfono móvil a cambio de firmar un contrato de permanencia de 18 meses.
Sin embargo, esta buena señora dio de baja la línea a los pocos días. ¿La razón? Que no tenía cobertura dentro de su casa. Cada vez que tenía que hacer una llamada tenía que salir a la calle y todo eran llamadas perdidas cuando la llamaban si estaba en su hogar, dulce hogar.
¿Qué hizo la operadora? Exactamente lo que os imaginais: emitir una factura con una penalización de 100 euros por incumplir la permanencia.
La usuaria sin cobertura solicitó un arbitraje de consumo. ¿Qué dictaminó la Junta? Que el contrato se debía rescindir sin ningún coste por los problemas de cobertura, por lo que la compañía tuvo que devolverle sin rechistar la pastarraca que le había cobrado.
Conclusión: la consumidora se quedó tan feliz con la razón, el dinero que le habían cobrado indebidamente y el móvil subvencionado.
